La fecha se trasladó al lunes por acuerdo entre el sindicato y las cámaras empresarias; los locales podrán abrir con personal que acepte prestar tareas.
Este lunes 28 de septiembre se conmemora el Día del Empleado de Comercio, luego de que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias acordaran trasladar la celebración, que originalmente corresponde al 26. La jornada alcanza a quienes están comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Los trabajadores podrán decidir si prestan servicios. La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informó que los empleados mercantiles convencionados tienen la opción de trabajar o no durante el día.
Los comercios no están obligados a cerrar. Pueden abrir si son atendidos por sus propietarios o por empleados que acepten trabajar. Quienes no presten tareas tendrán el día de descanso remunerado y cobrarán su salario mensual habitual, sin descuentos ni afectación del presentismo.
Cómo se paga la jornada trabajada
Quienes trabajen este lunes deberán cobrar la remuneración correspondiente con un recargo del 100%. La CAC aclaró que la prestación de tareas no genera un descanso compensatorio.
La entidad también indicó que la jornada no puede otorgarse como franco compensatorio del descanso semanal. Para quienes opten por no trabajar, se mantiene la remuneración mensual habitual.
A quiénes alcanza
La normativa comprende a los empleados incluidos en el Convenio Colectivo 130/75, que abarca buena parte de la actividad mercantil. Entre los rubros alcanzados se encuentran supermercados, tiendas de indumentaria, perfumerías, comercios de electrodomésticos y locales mayoristas y minoristas.
Día del Empleado de Comercio: qué se sabe sobre el feriado y qué pasará con los trabajadores
La Ley 26.541, sancionada en 2009, estableció el 26 de septiembre como fecha anual de la conmemoración y dispuso que la jornada fuera de descanso remunerado para el sector. Sus efectos son equiparables a los de un feriado nacional para los trabajadores comprendidos.
El origen de la conmemoración
La fecha remite al 26 de septiembre de 1934, cuando se promulgó la Ley 11.729. La norma incorporó derechos laborales para los empleados mercantiles y sentó antecedentes para la regulación del sector y la negociación colectiva.
El traslado acordado para este año cambia el día de celebración, pero no su referencia histórica. En 2025, las entidades empresarias y FAECYS también habían convenido mover la jornada: ese año se conmemoró el lunes 29 de septiembre.
